martes, 5 de abril de 2011

Información sobre incapacitaciones judiciales


Gracias a Mª José por esta información:
Echando un vistazo al Blog, sobre una noticia sobre el tema de las votaciones y las incapacitaciones de los jueces; pues bien; os informo que ¡por fin¡ ya se ha desterrado este término en los juzgados.
El último informe de la Fiscalía para estos procedimientos, que he visto, ya no habla de proceso de incapacitación. Ha sido a partir de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,( y cito textualmente) hecha en Nueva York el 13 de Diciembre de 2006,con entrada en vigor en España, el día 3 de mayo de 2008 ( BOE de 21 de Abril de 2008) por lo que se determina la capacidad jurídica y de las salvaguardas para su ejercicio.
Es decir, que ya no se habla en negativo, de incapacitar, sino en positivo, procesos para determinar la capacidad y adecuar las medidas de apoyo necesarias. Por lo que los jueces ya no darán incapacitaciones generales, sino que se verá con cada persona, en qué temas necesita apoyo y en cuáles no.
Para saber más: www.fiscal.es  fiscal especializado en personas con discapacidad.
Un abrazo

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